La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) estableció la condición de venta libre para diez grupos de medicamentos que hasta ahora solo podían adquirirse con receta médica. La medida fue formalizada mediante la Disposición 4714/2026 y alcanza a todas las especialidades medicinales inscriptas en el registro del organismo que cumplan con las composiciones y presentaciones contempladas en la normativa. Entre los principios activos incluidos se encuentran la trimebutina maleato, en comprimidos o cápsulas de 100 miligramos; la levocetirizina diclorhidrato, en comprimidos, cápsulas o solución oral de 5 miligramos o 5 miligramos por mililitro; y la fexofenadina clorhidrato, en presentaciones orales de 60 y 120 miligramos o soluciones de 6 miligramos por mililitro. Los medicamentos alcanzados llevaban al menos cinco años de comercialización bajo receta. La disposición también comprende los medicamentos con dimenhidrinato de 50 miligramos, en comprimidos o cápsulas, y aquellos que contienen carboximetilcisteína en una concentración de 5 gramos cada 100 mililitros, comercializados como jarabe o solución oral. En el caso de los productos oftálmicos, pasarán a ser de venta libre las soluciones estériles que combinan nafazolina clorhidrato y feniramina maleato, así como las elaboradas con olopatadina clorhidrato en concentraciones de 0,1 o 0,2 gramos cada 100 mililitros. Los nuevos lotes de los medicamentos alcanzados deberán adaptar sus presentaciones a la nueva condición de venta libre. La medida incluye además las lociones de uso tópico con cloruro de aluminio hexahidratado al 20% y con ivermectina en una concentración de 0,5 gramos cada 100 gramos. A ellas se suma el polvo de administración oral o tópica compuesto por carbonato de calcio, tintura de árnica montana y nitrato de plata. Para resolver el cambio, la Anmat evaluó que las especialidades medicinales hubieran sido comercializadas bajo receta en el país durante al menos los últimos cinco años sin presentar reportes de efectos adversos graves que alteraran el balance entre sus riesgos y beneficios. El análisis incluyó la información disponible en el Sistema Nacional de Farmacovigilancia y en la base global de reacciones adversas de la Organización Mundial de la Salud. El organismo concluyó que los productos poseen un bajo riesgo de provocar reacciones adversas graves relacionadas con la dosis y un riesgo muy bajo de generar episodios serios cuya magnitud no dependa de la cantidad administrada. También consideró los antecedentes regulatorios de agencias sanitarias de Europa, España, Francia, Estados Unidos, Brasil y Colombia, donde se encuentran aprobados para su expendio sin prescripción médica. Según la disposición, los medicamentos demostraron eficacia y seguridad a través del tiempo para ser utilizados en el alivio de síntomas o signos fácilmente reconocibles por los usuarios. Además, cuentan con un margen terapéutico amplio, aunque la duración del tratamiento deberá limitarse a la indicación y la posología aprobadas. Los laboratorios podrán continuar comercializando sin modificaciones en los rótulos, envases y prospectos los lotes liberados antes de la entrada en vigencia de la norma. En cambio, los posteriores deberán adaptar sus presentaciones a la nueva condición de venta libre.
La Anmat autorizó la venta libre de diez medicamentos que hasta ahora solo podían adquirirse con receta
La Anmat autorizó la venta libre de diez medicamentos que hasta ahora solo podían adquirirse con receta
“Entre los principios activos incluidos se encuentran la trimebutina maleato, en comprimidos o cápsulas de 100 miligramos; la levocetirizina diclorhidrato, en comprimidos, cápsulas o solución oral de 5 miligramos o 5 miligramos por mililitro; y la fexofenadina clorhidrato, en presentaciones orales de 60 y 120 miligramos o soluciones de 6 miligramos por mililitro.”
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