La Cámara Federal de Casación Penal ordenó al Tribunal Oral Federal (TOF) de Tucumán dictar un nuevo fallo sobre el pedido de reparación integral para un hombre que fue privado ilegítimamente de la libertad y torturado en 2022, al considerar que ese derecho no puede quedar condicionado a que las víctimas se hayan constituido previamente como actores civiles.

La decisión fue adoptada por la Sala I del máximo tribunal penal del país, que hizo lugar parcialmente a los recursos presentados por el Ministerio Público Fiscal y la querella. De todos modos, confirmó el resto de la sentencia, incluidas las condenas impuestas a los cuatro responsables del caso.

El TOF de Tucumán había condenado a los acusados el 7 de octubre de 2025 a penas de entre dos años y seis meses y cinco años de prisión como coautores del delito de privación ilegítima de la libertad agravada. Sin embargo, había rechazado el pedido de reparación integral formulado por la Defensoría Pública, decisión que ahora fue anulada por Casación.

Los jueces Diego Barroetaveña, Javier Carbajo y Gustavo Hornos entendieron que el Tribunal Oral deberá dictar un nuevo pronunciamiento exclusivamente sobre el resarcimiento económico solicitado por la víctima y su pareja.

En su voto, Barroetaveña sostuvo que supeditar el derecho a la reparación a la constitución previa como actor civil resulta incompatible con los compromisos internacionales asumidos por la Argentina en materia de protección de las víctimas. Hornos, por su parte, calificó esa exigencia como "extremadamente formalista" y contraria a los estándares nacionales e internacionales.

El caso

La investigación determinó que el 10 de noviembre de 2022 la víctima fue interceptada en la plaza de Mercedes, en Lules, por tres hombres que la obligaron a subir a un automóvil y la trasladaron a distintos domicilios, donde permaneció cautiva.

Durante el cautiverio fue golpeada y sometida a torturas, entre ellas quemaduras con una plancha y lesiones provocadas con una pinza.

El juicio también acreditó que una mujer policía colaboró con los captores y que, mientras el hombre permanecía secuestrado, los acusados se comunicaron con su pareja para exigirle dinero bajo el argumento de una supuesta deuda vinculada a criptoactivos. Finalmente, la víctima fue liberada sin que se efectuara ningún pago.

El planteo de la Fiscalía

La fiscal general Indiana Garzón recurrió el rechazo de la reparación al sostener que el Tribunal Oral había interpretado erróneamente el artículo 29 del Código Penal, que habilita a los jueces a ordenar la reparación del daño material y moral dentro del proceso penal sin exigir que las víctimas se constituyan previamente como actores civiles.

El planteo fue respaldado ante Casación por el fiscal general Javier De Luca, quien sostuvo que ese derecho puede ser reconocido dentro del proceso penal cuando corresponda.

La Cámara de Casación hizo lugar a ese planteo y ordenó que el TOF de Tucumán emita un nuevo fallo sobre la reparación integral, aunque dejó firmes la calificación legal de los hechos, las condenas impuestas y el rechazo de los recursos presentados por las defensas.